Plan de Autoprotección (PAU)

Numerosas actividades incluidas en la norma básica de autoprotección (Real Decreto 393/2007) están obligadas a disponer de un plan de autoprotección redactado según un contenido mínimo. 

Ahora bien, más allá de las exigencias del RD 393/2007 de ámbito estatal, en algunas comunidades autónomas hay requisitos específicos, como es el caso de Catalunya (con su Decret 30/2015) donde además se regula la acreditación de técnicos competentes para redacción de planes de autoprotección.

La autoprotección también debe ser tenida en cuenta en un ámbito de aplicación más amplio, como es el deber de toda empresa de adoptar las medidas necesarias sobre primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores. Así lo establece la propia Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) en su artículo 20.

Nos encargamos de la redacción, homologación e implantación de su plan de autoprotección. Disponemos en plantilla de técnico competente homologado por el Departament d’Interior (Generalitat de Catalunya), para intervernir en cualquier tipo de evento o establecimiento.

Si tiene previsto establecer una actividad, o realizar un evento en Lleida, Girona, Tarragona o Barcelona, le facilitamos su proyecto en lo relativo a seguridad.